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Agricultura prepara nueva ley sobre experimentación con animales.

España contará en breve con una nueva ley que busca proteger a los animales utilizados con fines de experimentación, ya sea en el mundo ganadero, en al cosmética, con fines científicos, o incluso en la docencia. Así lo ha podido confirmar LA RAZÓN, que ha tenido acceso al borrador del Real Decreto que verá la luz en dos o tres semanas. Esta legislación, elaborada desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y a la que se llega después de consultar tanto a los responsables de las comunidades autónomas como a los sectores afectados, supone un importante avance en materia de bienestar animal. Así, según recoge la nueva norma, «sólo se podrán utilizar animales cuando su uso esté justificado por la finalidad que se persigue, valorando su oportunidad siempre en términos de sus potenciales beneficios». El borrador nace con el objetivo de que «no se les cause innecesariamente dolor, sufrimiento, angustia o daño duradero», además de evitar «toda duplicación inútil de procedimientos, y velar por que a los animales utilizados, criados o suministrados se les concedan los cuidados adecuados». La norma aborda incluso la eutanasia animal en un apartado específico para aminorar el sufrimiento. Especies amenazadas Otra de las novedades del texto es el artículo 20, dedicado a las especies amenazadas. «No se utilizarán en procedimientos animales», sentencia, lo que supone un salto cualitativo respecto a la norma vigente, de 2005, no sólo porque adapta los requisitos generales mínimos a los avances científicos, sino también porque establece como principio general la promoción e implementación del «principio de las tres erres»; es decir, el reemplazo (empleo de otros métodos que no incluyan animales), la reducción (utilización del mínimo número de animales posible) y el refinamiento (que los test sean lo menos agresivos posible con los animales) de los procedimientos, fomentando sobre todo el uso de métodos alternativos a la experimentación con animales vivos.

 

La Razón, 11 noviembre 2012
Además, con el fin de favorecer el acceso a la información frente al secreto industrial y así reducir el número de animales con los que en la actualidad se experimenta, la futura legislación establecerá la obligación de publicar los «resúmenes no técnicos» de los proyectos autorizados, por supuesto sin incluir datos de carácter personal. Entre los datos que deben publicarse se encuentran los objetivos del proyecto, incluidos los perjuicios y los beneficios previstos, así como el número y tipo de animales que van a emplearse, y la demostración del cumplimiento del requisito de las «tres erres».
En concreto, «los órganos competentes publicarán los resúmenes no técnicos de los proyectos autorizados y sus eventuales actualizaciones...».  Siempre que la propiedad intelectual y la información confidencial queden protegidas, el resumen no técnico del proyecto incluirá, al menos, lo siguiente: «Información sobre los objetivos del proyecto, incluidos los perjuicios y los beneficios previstos, así como el número y tipo de animales que van a utilizarse, la demostración del cumplimiento del requisito de reemplazo, reducción y refinamiento», tal y como viene recogido en el artículo 36 del Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
Se trata, en definitiva, de un paso clave para reducir los ensayos con ratones, ratas, aves y conejos, ya que desde diferentes organizaciones se estima que «se puede reducir en un 29 por ciento el número de animales en experimentación de todo tipo con un esquema apropiado, ágil y público en el que prime la cooperación entre las empresas frente al secreto industrial», tal y como ya manifestó Alberto Díez, portavoz de la Asociación para la Defensa del Derecho Animal (ADDA).
Normas a la europea
«El número total de animales que se utilizaron en 2008 en los 27 Estados miembros de la UE con fines experimentales se situó por encima de los 12 millones, de acuerdo con el Sexto Informe sobre las estadísticas relativas al número de animales utilizados para experimentación y otros fines científicos en los Estados miembros de la Unión Europea. En el caso de España, el último informe del Ministerio de Agricultura disponible, de 2010, indica que en España el número total de animales utilizados en experimentación fue de 1.334.986, lo que se correlaciona con su potencia científica», declaró Guillermo Repetto, miembro del Comité de Expertos de la comisión Europea sobre la disponibilidad de procedimientos alternativos para la evaluación de productos cosméticos y presidente de la Red Española para el Desarrollo de Métodos Alternativos a la Experimentación Animal.
LAS TRES «R» QUE PRIMA LA NORMATIVA
REEMPLAZO POR VÍAS ALTERNATIVAS
El proyecto de Real Decreto prima el empleo de otros métodos que no incluyan animales. Es más, se pide que sólo se utilicen cuando se uso «esté justificado por la finalidad que se persigue».
REFINAMIENTO DE LOS EXPERIMENTOS
Otro de los empeños de la nueva legislación que busca sacar adelante el Ejecutivo popular es que los test sean lo menos agresivos posible con los animales.
REDUCIR EL NÚMERO DE EJEMPLARES
Se contempla la utilización del mínimo número de animales posible, estableciendo las normas a las que deben atenerse los proyectos «desde que se inician hasta que finalizan».

 

La Razón, 13 noviembre 2012

«La muerte, como criterio común de punto final de un procedimiento debe evitarse en lo posible y sustituirse por un criterio de finalización más humanitario». Con esta contundencia se pronuncia el proyecto de Real Decreto sobre la experimentación con animales que ultima el Gobierno. El texto, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, busca poner coto a los abusos e irregularidades en el campo de la investigación en todos los campos, desde la docencia al empresarial, pasando por el mundo de la cosmética y el de la agricultura. El fin es mejorar, en la medida de lo posible, la calidad de vida de cuantas especies pueden pasar por un laboratorio: ratones, hámsteres, cobayas, perros y gatos, así como primates, peces o gallinas.
Para ello, el documento elaborado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente delimita de una manera más explícita que en la legislación vigente los procedimientos a seguir, primando aquellos que utilicen el menor número de animales y que además «causen menor dolor, sufrimiento, angustia o daño duradero». Para ello, deberán utilizarse analgésicos u otros métodos que permitan paliar los efectos de los ensayos clínicos, y se detalla que «no se suministrará ningún medicamento que impida o restrinja sus manifestaciones de dolor, salvo que haya recibido una dosis adecuada de anestesia». En esta misma línea, se persigue reducir la mortalidad de animales por este motivo y se exige que, «en la medida de lo posible, se garantice la muerte sin dolor».

Para llevar a cabo cualquier experimento con animales, el proyecto recoge que cualquier criador, suministrador o usuario deberá contar con un especialista responsable del bienestar de los animales que se responsabilizará «in situ» de esta tarea. También deberá contar con un veterinario con experiencia en animales de laboratorio. De esta manera, será él quien decida, tras el ensayo, «si los animales deben mantenerse con vida o ser eutanasiados» y se exige que el animal reciba «cuidado y alojamiento acordes con su especie, condiciones fisiológicas y estado de salud». De esta manera, se busca evitar que los sujetos de los experimentos queden abandonados a su suerte.

Con el fin de tener un mayor control, también se establece que, al menos una vez al año, se inspeccionarán aquellas entidades que experimenten con primates, y así como un tercio de los demás usuarios. También se establecen parámetros que garanticen que los lugares de alojamiento son adecuados para la salud de los animales, en cuanto a la ventilación y la temperatura  de  los locales, así como la luz natural adecuada, aislamiento de ruido y sistema de emergencia. Hasta tal punto se concreta en el proyecto de Real Decreto cómo debe tratarse a los animales, que sobre la alimentación, destaca que «la dieta debe ser apetecible y no estar contaminada». También se pide que tengan zonas de descanso «de acuerdo a las necesidades de cada especie».

Otro de los puntos en los que se detiene el futuro marco legislativo es la severidad de los procedimientos utilizados. De esta manera se busca determinar el grado de dolor del animal para controlar cada una de las pruebas a las que sea sometido. Así, las categorías que se establecen van desde los procedimientos «sin recuperación» –aquellos de los cuales el animal «no recupera la consciencia»–, los leves –generan un sufrimiento de corta duración–, moderados –«que pudieran causar una alteración moderada del bienestar»– y severos –de dolor intenso y grave–. Así, para hacerse una idea,  entre los leves se encontrarían algunas biopsias, mientras en los severos estaríamos hablando de inducción de tumores, quimioterapia, trasplante de órganos o natación forzada «con el agotamiento como punto final».

Especialmente estrictos con los primates
Con este proyecto de Real Decreto, por primera vez se fijan normas específicas para la utilización de determinados tipos de animales, como, por ejemplo, los animales vagabundos o asilvestrados. Además, se fijan unos requisitos «especialmente estrictos» en el caso de los primates. El objetivo del equipo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que está detrás de la futura norma, no es otro que el «total reemplazo de estos procedimientos».

 

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